13 Agosto 2022, 17:59
Actualizado 13 Agosto 2022, 18:21

Estamos en uno de los puentes con mayor tráfico del año. La DGT estima que estos días se producirán unos siete millones de desplazamientos en todo el país. Fechas idóneas para recordar lo que no debemos hacer al volante.

Normas que este año vienen con bastantes novedades. El 21 de marzo entró en vigor una importante reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Entre las novedades más importantes, una mayor penalización por el uso del móvil y la prohibición de sobrepasar los 90 km/h en vías convencionales incluso en los adelantamientos. Pero no son las únicas.

Novedades de la Ley de Tráfico

  • Distracciones. Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Desde 2016 las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales.
  • Cinturón de seguridad y elementos de protección. Aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.
  • Velocidad. Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. 2 de cada 3 siniestros mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019, año de referencia, se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en este tipo de vía. Esta supresión va en consonancia con el principio de Sistema Seguro de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos son uno de ellos.
  • Alcohol. Los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0, tanto en sangre como en aire espirado. Es una infracción que no cambia, sigue tipificada como muy grave: 500 euros de multa.
  • Ciclistas. Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer
  • Uso de detectores de radares. Ahora, llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos.
  • Otras normas. 
    • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos
    • No usar el casco o no hacerlo de forma adecuada te hará perder 4 puntos.

¿Multas por besarse o morderse las uñas?

En las últimas semanas, además, se ha extendido la información de que existen nuevas sanciones para actitudes tan peculiares y específicas como como dar besos, discutir, poner los pies en el salpicadero, maquillarse o morderse las uñas al volante. Pero la noticia es, al menos, inexacta. 

Primero, porque no hay novedades: el Reglamento de Circulación es el mismo desde el último cambio en diciembre de 2021. Segundo, porque esas conductas no aparecen detalladas como tal en el Reglamento, sino que pueden ser sancionadas si los agentes interpretan que incumplen otros artículos más generales que ponen el acento en la necesaria atención que la persona que conduce debe mantener en el vehículo y en la carretera. Son los siguientes:

  • Artículo 18.1: El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como cuidar la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados.
  • Artículo 17.1: Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos.
  • Artículo 3.1: Los conductores deberán conducir con diligencia y precaución para evitar todo daño, propio o ajeno; y además, queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario.

Por tanto, ante la duda, sentido común: debemos evitar todo aquello que nos desvíe nuestra atención de la carretera.