CIRCULACIÓN

Interior refuerza la seguridad vial con nuevas normas

El Gobierno actualiza el Reglamento de Circulación con medidas para VMP, ciclistas y motoristas, centradas en la protección de usuarios vulnerables y la movilidad urbana

Nacional
23 Junio 2026, 17:41 | Actualizado 23 Junio 2026, 21:24

El Ministerio del Interior actualiza el Reglamento General de Circulación con el objetivo de reforzar la protección de los usuarios vulnerables de la vía. La nueva norma se adapta al cambio de modelo de movilidad de las últimas dos décadas, que pasa de un enfoque centrado en el vehículo a otro que prioriza a las personas y los entornos urbanos.

Entre las principales novedades, se fija en 15 años la edad mínima para conducir vehículos de movilidad personal (VMP). Además, se establece la obligatoriedad de utilizar casco de protección y chaleco reflectante por la noche o en condiciones de baja visibilidad, siendo ambas infracciones graves sancionadas con 200 euros. También deberán llevar siempre encendido el alumbrado. En el caso de los riders, deberán usar casco y chaleco reflectante en todo momento, independientemente del tipo de vehículo.

Nuevas normas para ciclistas y motoristas

En cuanto a los ciclistas, la reforma suprime exenciones y obliga al uso de casco en vías interurbanas. Asimismo, los conductores que adelanten a bicicletas deberán reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite y mantener una distancia mínima de 1,5 metros, además de cambiar completamente de carril en vías de varios carriles por sentido. En entornos urbanos, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril, mientras que los vehículos a motor deberán guardar una distancia mínima de 5 metros.

Por su parte, los motoristas deberán usar guantes homologados en vías interurbanas y calzado cerrado en todas las vías, bajo sanción de 200 euros en caso de incumplimiento. El reglamento también exige que los cascos estén homologados, no solo certificados. Además, se permitirá circular por el arcén derecho en caso de congestión, a un máximo de 30 km/h y siempre que esté señalizado.

Seguridad en carretera y movilidad urbana

La normativa también introduce cambios en vías interurbanas. Los vehículos que pasen junto a otros inmovilizados deberán respetar una distancia de 1,5 metros y reducir su velocidad. Asimismo, en caso de nieve, queda prohibido adelantar y será obligatorio circular por el carril derecho, dejando el izquierdo para emergencias. En situaciones de retención, se deberá formar un carril de emergencia central para facilitar el paso de los servicios de auxilio.

En el ámbito urbano, se regulan aspectos como la configuración de los pasos de peatones con semáforo, evitando la coincidencia de luz ámbar intermitente para vehículos y verde para peatones. También se reconocen los caminos escolares seguros, destinados a facilitar los desplazamientos sostenibles de menores. Además, se regula el estacionamiento de autocaravanas, que no podrán extender elementos fuera de su perímetro ni verter fluidos.

Alineación con la Agenda 2030

El Ejecutivo ha señalado que esta reforma se alinea con los objetivos de la Agenda 2030, promoviendo la salud y el bienestar, la movilidad sostenible, el uso de energía no contaminante y el desarrollo de ciudades más habitables.

Entrada en vigor

El real decreto, aprobado por el Consejo de Ministros, entrará en vigor el 1 de octubre de 2026. No obstante, las medidas relativas al alumbrado obligatorio para VMP y al uso de casco homologado en motocicletas se aplicarán a partir del 1 de octubre de 2027. En cuanto al uso obligatorio de guantes homologados, será efectivo cuando se apruebe la orden ministerial que establezca sus especificaciones técnicas.