OPOSICIONES

El TSJEX ordena al SES corregir el examen de una opositora que no entregó la hoja de identificación

Considera que el único examen no identificado, de los 4.172 aspirantes totales, tiene que ser necesariamente de la opositora que reclamó.
Extremadura
Redacción Canal Extremadura
6 Noviembre 2023, 10:06 | Actualizado 6 Noviembre 2023, 10:12

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha desestimado el recurso interpuesto por el Servicio Extremeño de Salud y confirma la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Badajoz, en la que daba la razón a una opositora que no entregó junto a la hoja de respuesta la hoja de identificación, motivo por el que no fue corregido su examen.

La Sala con esta confirmación obliga, por tanto, al SES a corregir la prueba al considerar que “el único examen no identificado tiene que ser necesariamente el de la parte actora, lo que hace posible su atribución a la parte demandante, debiendo ser corregido por el SES”.

En este sentido, la sentencia indica que “comprendemos que inicialmente no se corrigiera el examen de la parte apelante debido a que no constaban los datos de identificación en la hoja impedía conocer la identidad de la opositora en relación a la hoja de respuesta”.

Ahora, bien, continua, cuando la parte demandante reclama por la falta de corrección, quedando sólo un examen sin corregir de los 4.172 aspirantes, y habiéndose comprobado que la opositora estaba en el aula en donde faltaba dicha hoja, “solamente puede existir una conclusión y es que el examen de la parte demandante tiene que ser corregido”.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.