La falta de vocaciones mantiene activos a los sacerdotes jubilados extremeños
Jueves, 3 Noviembre 2022

Aunque la jubilación del sacerdocio está contemplada a los 75 años, la disposición del Código de Derecho Canónigo aprobado en 1983 --durante el mandato de Juan Pablo II--, no se aplica de manera estricta. La principal razón: la falta de relevo generacional. La escasez  obliga, tras una dispensa realizada personal e individualmente por el obispo, a que muchos párrocos extremeños continúen en sus puestos de trabajo parcialmente hasta los 80 años.

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