19 Febrero 2020, 14:25
Actualizado 14 Enero 2021, 03:26

Era uno de los puntos más polémicos del Estatuto de los Trabajadores: se podía despedir de manera objetiva a un empleado que faltase al trabajo, aunque su ausencia estuviese justificada con una baja médica, si lo hacía de forma intermitente.
En Extremadura, la Junta no tiene constancia de que se haya producido algún caso de ese tipo en la región, pero celebran que se haya eliminado. También los sindicatos, que salieron a la calle para pedir su derogación en varias ocasiones."Es un logro de la lucha sindical por lo cual nos felicitamos y entendemos también que es un momento que se abre para ir modificando y reformando esa reforma laboral", señalan desde Comisiones Obreras en Extremadura. También lo valoran de forma positiva desde UGT en la región " porque entendemos que era uno de los artículos más dañinos y más aberrantes que tenía la reforma laboral porque, lógicamente, que los trabajadores puedan ser despedidos por estar enfermos por causa justificada era algo que evidentemente no podíamos permitir".

Visión opuesta es la que tiene la patronal extremeña. Protegía contra un uso fraudulento que se daba, reconocen, en muy pocos casos. "Estamos hablando de la típica baja corta, y que es muy reiterada en el tiempo, la que tenía una casuística muy específica y era la única en la que se podía invocar este artículo como causa de despido. Por lo tanto, nos han quitado una herramienta que era para luchar contra el fraude y el absentismo laboral y creemos que es un error", ha señalado el secretario general de la CREEX, Francisco Javier Peinado, que, además, se queja de que no se ha hecho con diálogo social como prometió, dice, el gobierno.