Un espacio para la población senior. Abordamos asuntos de actualidad, temas sobre salud y envejecimiento activo, literatura, música, historia, artesanía o cine.
Con Guadalupe Jerez.
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La Audiencia Nacional ha anulado los dos años de inhabilitación que impuso en julio de 2024 el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) al extremeño Pedro Rocha cuando este era presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).
Así lo acuerda en una sentencia el magistrado del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo Número 2, Luis Alfredo de Diego y Díez, que estima la demanda de Rocha "al considerar contraria a derecho la resolución impugnada".
En consecuencia, el juez anula la decisión del TAD y ordena retrotraer las actuaciones al momento anterior a la resolución sancionadora para que "el TAD valore y tenga en cuenta las alegaciones y pruebas presentadas por el actor frente a la propuesta de resolución y vuelva a resolver con libertad de criterio, pero conforme a derecho".
Fue en julio de 2024 cuando el TAD impuso a Rocha dos años de inhabilitación para ocupar cargos en cualquier federación deportiva por una infracción muy grave de abuso de autoridad, por el cese de Andreu Camps como secretario general de la Federación, así como 33.055 euros de multa por la rescisión del contrato con la empresa GC Legal y la personación de la RFEF en el 'caso Supercopa' que investiga un juzgado de Majadahonda (Madrid).
Rocha recurrió la resolución al entender que era "contraria a derecho, basándose en motivos de nulidad tanto formales (vicios de procedimiento) como de fondo (inexistencia de la infracción y falta de culpabilidad) y, subsidiariamente, pedía una rebaja "sustancial" de las sanciones al considerarlas "desproporcionadas", según recoge la sentencia.
El exdirigente vio vulnerado su derecho fundamental a ser oído tras la propuesta de resolución y sostuvo que el TAD dictó la sanción sin escuchar sus alegaciones. Por su parte, la Abogacía del Estado se opuso a la demanda de Rocha y pidió que fuera desestimada, defendiendo que la resolución del TAD era legal.
El juez señala que "el TAD no analizó las alegaciones" de Rocha " a la propuesta de resolución y las pruebas acompañadas, que fueron remitidas por conducto legal en tiempo y forma. "Tiene razón el actor en su queja de indefensión", indica el juez, que subraya que "la obligación de la Administración de resolver en plazo no puede ejercerse a costa de suprimir derechos fundamentales del ciudadano".
A su juicio, "la conducta del TAD revela una falta de buena fe y lealtad procedimental", ya que "el principio de buena administración y la obligación de actuar conforme a la legalidad hubieran exigido, como mínimo, dejar sin efecto el acuerdo y proceder a una nueva deliberación y resolución que tuviera en cuenta los argumentos y pruebas presentados por el expedientado".
El pasado noviembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional avaló la inhabilitación decretada por el TAD, tras la petición de Rocha para paralizar de forma cautelar la sanción con el fin de poder presentarse a las elecciones de la RFEF.
Los magistrados consideraron que, "de acordarse la medida cautelar y continuar el interesado en el cargo de presidente de la RFEF", había "riesgo real" de que las conductas por las que fue inhabilitado "puedan reiterarse, con la consiguiente lesión grave a los bienes jurídicos que la normativa disciplinaria trata de proteger".
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Los jueces tendrán la posibilidad de impedir a los asesinos de violencia vicaria difundir información sobre el crimen durante máximo 20 años, según se desprende del anteproyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria, aprobado este martes por el Gobierno en el Consejo de Ministros.
Concretamente, se tipifica la violencia vicaria en el Código Penal. Para ello, se incorpora como un delito contra la integridad moral y que contempla una pena de prisión de seis meses a tres años. Esta modificación convierte la violencia vicaria en un delito autónomo con agravante de género y sanciones acumuladas.
Además, se incorpora al Código Penal una nueva pena accesoria que consiste en la prohibición de publicar o difundir mensajes, textos, imágenes u otros contenidos que tengan relación directa con el delito cometido "por tiempo superior a cinco años" y con una "duración máxima" de 20 años.
Esta medida nace con el objetivo de evitar casos como el del libro 'El odio', del escritor Luisgé Martín, sobre José Bretón, asesino de sus dos hijos, en Córdoba. La publicación de la obra fue paralizada en marzo de este año. Si bien, el deseo del autor es que salga a la luz a finales de año.
"Afortunadamente, la sociedad acompañó a la víctima. La sociedad en ese momento fue por delante incluso de la ley. Lo que queremos en esta ocasión es que la ley acompañe a la sociedad en ese reproche que se hizo en aquella ocasión. Y, por otro, lado también queremos adelantar las soluciones", ha recalcado la ministra de Igualdad, Ana Redondo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
En el caso de la obra sobre Bretón, Redondo ha explicado que se planteaba un conflicto de derechos, por un lado la integridad moral de las de la madre y, por otro, la libertad de creación artística. "Para evitar ese conflicto, para evitar que se produzca y que se suscite esa confrontación de derechos, anticipamos la solución con esta ley", ha añadido.
La nueva ley define la violencia vicaria como la que ejerce la pareja o expareja sobre la mujer a través de otra persona. Principalmente afecta a menores y familiares dependientes, pero también a hermanos o la pareja actual de la víctima, ampliando así la protección respecto a la ley de 2024. Hasta ahora, la violencia vicaria se penalizaba dentro de otros delitos más genéricos contemplados como violencia de genero.
Desde 2013, cuando empezaron a contabilizarse las víctimas de violencia vicaria, han sido asesinados 65 niños y niñas.
El cambio en la ley permitirá prohibir libros como el de José Bretón
El docu-reality El Campo es Vida estrena la que será su cuarta temporada con el objetivo de seguir acompañando en el día a día a las nuevas generaciones de trabajadores del campo extremeño para que sean ellos los que cuenten, de primera mano, sus avances y logros, sus problemas e inquietudes, a la vez que consiguen hacer entretenidas y divertidas las tareas del campo gracias a su personalidad y su sentido del humor. De lunes a viernes, a las 14:55 h., después de Extremadura Noticias, volverán con nuevas aventuras Chabeli, Los Mellis, Isabel y Lidia, Guille y Jose, y además se incorporarán nuevos personajes con los que conocer diferentes formas de trabajar, nuevos lugares de la geografía extremeña, y formar parte de sus vidas para descubrir cómo afrontan los imprevistos que surgen cada día en el campo.
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Con Lucía Semedo.
Canal Extremadura Radio rendirá su propio homenaje al cantautor extremeño Pablo Guerrero tras la triste noticia de su fallecimiento.
La radio autonómica emitirá esta noche, a partir de las 23:00 horas, un programa especial dedicado al "cantor de la tierra y la palabra".
Se trata de una redifusión del programa de la casa 'Radio Cantarrana', dirigido y presentado por Pepe Rades, que se grabó y se emitió por primera vez hace dos años, y que hoy vuelve a las ondas para traernos la voz de Pablo Guerrero recitando una delicada selección de sus poemas.
No es un programa de música al uso, sino un espacio en el que el cantautor y poeta extremeño comparte sus creaciones con otros artistas, como el Niño de Elche, un músico español multidisciplinar que combina flamenco con géneros como la electrónica, el rock o el rap, y otras disciplinas como la performance, el teatro o la poesía.
Una emisión emocionante para recordar a una voz comprometida, valiente y llena de personalidad, cuyos versos serán eternos.
Recordamos que 'Radio Cantarrana' es el espacio de Canal Extremadura Radio dedicado a promocionar y difundir el trabajo de grupos extremeños de diferentes estilos musicales. Puedes escucharlo todos los martes, a las 23:00 horas.
Pablo Guerrero en Mérida
María y Carlos, Carlos y María, los dos grandes triunfadores en el Campeonato de España en la modalidad de San Huberto celebrado el pasado fin de semana. Una modalidad de caza en la que la región ha arrasado. María Fernández venció en la categoría femenina y Carlos Tiburcio hizo lo propio en la categoría masculina.
El Pacificador… ¿no? Un héroe extraño que no es famoso… pero sí… pero no… Mira, que lo explique Fleibur y ya está.