1 Septiembre 2020, 11:53
Actualizado 1 Septiembre 2020, 11:53

Se llama retención ilícita, es una figura penal que viene recogida en el Código y que además, está muy clara en cualquier convenio regulador que trate la custodia de menores, o sentencia judicial. Más aún, con las idas o venidas de un país extranjero. No hay razón para no cumplirla con la pandemia, lo llevan diciendo los abogados desde marzo.

Desde que se declarara la alerta sanitaria en el mundo, bien es cierto que la desorientación ha sido la norma general, y más en este tema. Muchas madres y padres han tenido miedo de devolver a sus hijos a lugares con más casos, pero deben hacerlo si no hay acuerdo entre padres para cambiar el régimen de visitas.

Un tema preocupante

Solucionar lo que le ley llama retención ilícita no es fácil. Juan José Flores, decano del colegio de Abogados de Cáceres, explica en el programa de esta casa Primera Hora, que cada país tiene su propia regulación.

En 2017 hubo 323 casos en España de retención ilícita. No tenemos datos de cuántos llevamos este año, pero las asociaciones hablan de una subida exponencial y preocupante.

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¿Afecta el estado de alarma a la custodia de los menores?