27 Diciembre 2025, 11:05
Actualizado 27 Diciembre 2025, 11:15

El Boletín Oficial del Estado ha publicado una resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se limitan nuevas plantaciones de viñedo destinadas a la Denominación de Origen Protegida Cava en los años 2026, 2027 y 2028.

Limitaciones

Según la resolución, la superficie disponible para autorizaciones de nueva plantación en la zona geográfica delimitada por la DOP «Cava» se limita a 0,1 hectáreas por año para los años 2026, 2027 y 2028, una cifra que en la práctica supone un bloqueo casi total del crecimiento del viñedo para esta denominación.

La medida se adopta, recoge el BOE, tras el análisis de las perspectivas de mercado y del impacto que podría tener la entrada de nuevas superficies en producción, con el objetivo de evitar una posible devaluación del cava y garantizar el equilibrio entre oferta y demanda.

Además, el texto establece restricciones a las autorizaciones de replantación en las zonas delimitadas por la DOP «Cava», de modo que no se concederán nuevas solicitudes de replantación de viñedo destinadas a la elaboración de cava entre el 28 de diciembre de 2025 y el 27 de diciembre de 2028, salvo en los supuestos excepcionales previstos por la normativa europea.

La decisión responde a las recomendaciones del Consejo Regulador de la DOP Cava y se enmarca en la normativa estatal y comunitaria que permite limitar, aunque no prohibir formalmente, la superficie de viñedo en denominaciones de origen cuando existen riesgos para el mercado.

La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOE y podrá ser recurrida en alzada ante el Ministerio de Agricultura en el plazo de un mes.

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