30 Enero 2026, 11:00
Actualizado 30 Enero 2026, 11:00

La Seguridad Social ha tramitado en 2025 un total de 10.583 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en la comunidad autónoma de Extremadura.

Según ha informado este viernes el departamento que dirige Elma Saiz, un total de 5.058 prestaciones han correspondido al primer progenitor, habitualmente la madre, y 5.525 al segundo progenitor, normalmente el padre.

En relación con el gasto en la prestación por nacimiento y cuidado de menor entre enero y diciembre en Extremadura, el ministerio ha indicado que ha superado los 63,5 millones de euros.

Respecto al número de excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar dadas de alta en 2025 en Extremadura, Seguridad Social ha precisado que ha sido de 657, de las que 562 han correspondido a mujeres y 95 a hombres (16,9%).

Crecen las prestaciones y el gasto también a nivel nacional


En el conjunto del país, la Seguridad Social ha tramitado en 2025 un total de 524.714 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, lo que representa un crecimiento de 11,1% respecto al año anterior. Según ha informado este viernes el departamento que dirige Elma Saiz, un total de 241.903 prestaciones han correspondido al primer progenitor, habitualmente la madre, y 282.811 al segundo progenitor, normalmente el padre.

En relación con el gasto nacional, el ministerio ha indicado que ha alcanzado los 3.880,8 millones de euros, frente a los 3.613,1 millones de 2024, lo que supone un 7,4% más. Asimismo, ha detallado que la media de tiempo de tramitación de la prestación durante 2025 ha sido de 8 días. Por comunidades autónomas, el mayor número de prestaciones se ha registrado en Andalucía (97.224), seguida de Cataluña (93.262), Madrid (86.465) y la Comunidad Valenciana (53.970).

La duración media de las prestaciones activas en 2025 ha sido de 111 días, con 3 días de diferencia entre hombres y mujeres, un dato que "se acerca a la corresponsabilidad".

Excedencias: más de 54.600 en España, la mayoría solicitadas por mujeres

Respecto al número de excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar dadas de alta en 2025, Seguridad Social ha precisado que ha sido de 54.639, de las que 45.400 han correspondido a mujeres (83,1%) y 9.239 a hombres (16,9%).

En este último ejercicio se han registrado 1.168 excedencias más que en 2024 (+2,2%).
Madrid (10.852), Cataluña (7.859), Andalucía (6.423), País Vasco (5.850) y Comunidad Valenciana (5.953) son las comunidades autónomas con más excedencias tramitadas. El número de excedencias por cuidado familiar también ha subido respecto a 2024, especialmente en Canarias (11,5%), Extremadura (11%) y Comunidad Valenciana (8,7%), y la ciudad autónoma de Ceuta (20%).
Desciende más en Castilla-La Mancha (-7,2%), Navarra (-3,1%) y Aragón (-2,7%).

Se puede solicitar excedencia en el trabajo para atender a hijos o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares.
Los tres primeros años de excedencia tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de prestaciones de la Seguridad Social. También se considera efectivamente cotizado el primer año de excedencia por cuidado de otros familiares.

Ampliación del permiso desde julio: hasta 19 semanas y más en familias monoparentales

El ministerio ha recordado que en julio se aprobó la ampliación en tres semanas del permiso de nacimiento y cuidado de menor, que pasó de 16 a 19 semanas, y hasta 32 semanas en familias monoparentales.

En concreto, 17 semanas, de igual duración e intransferibles entre ambos progenitores, y 28 semanas en el caso de familias monoparentales, podrán disfrutarse durante los primeros 12 meses del bebé, o, en los casos de adopción, guarda o acogimiento, en el primer año tras la resolución judicial o administrativa. Además, se añaden dos semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor (cuatro en monoparentales), que podrán disfrutarse de forma flexible hasta que el niño cumpla 8 años.

Este derecho puede solicitarse retroactivamente para nacimientos a partir del 2 de agosto de 2024 y está disponible desde el 1 de enero de 2026.
La prestación equivale al 100% de la base de cotización del mes previo al inicio del descanso.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social permite solicitar el permiso a través del portal Tu Seguridad Social y desde la web de Prestaciones de la Seguridad Social, así como tramitar telemáticamente los periodos sucesivos si se opta por fraccionarlo.