19 Diciembre 2022, 11:52
Actualizado 19 Diciembre 2022, 11:52

Durante los últimos días es constante escuchar hablar sobre la modificación de las penas a delitos como el de malversación o el de sedición. Los cruces de acusaciones entre el gobierno y la oposición son constantes, pero, ¿qué pasa realmente?, ¿es un asunto tan relevante?

El Congreso de los Diputados ha aprobado un cambio en el delito de malversación que en los próximos días pasará por el Senado, si no es frenado antes por el Tribunal Constitucional. El Código Penal, aprobado en 1995, distinguía entre malversación propia e impropia. La primera de ellas es cuando la sustracción de dinero público es para beneficio propio y la impropia cuando ese dinero se desvía a otros fines.  Esta diferenciación desaparece en la reforma que hizo Rajoy en 2015 y el delito era el mismo si el dinero te lo quedabas tú o no. 

Ahora este nuevo cambio que planea el Gobierno distingue otra vez estas figuras. Si hablamos de malversación impropia las penas se reducen, lo que podrían afectar a condenas ya en marcha. Según el catedrático de derecho penal de la UEX, Emilio Cortés, considera que, desde el punto de vista jurídico, no era necesario efectuar este cambio y aventura un efecto llamada, similar al ocurrido con la ley del 'sólo sí es sí', entre aquellas personas que cumplen actualmente condena en busca de poder revisar sus penas por si pudiesen beneficiarse de una reducción de penas.

Según el Fiscal Superior de Extremadura, Francisco Javier Montero, esta modificación supondrá que se revisen todos aquellos supuestos delictivos relacionados que tengan su sentencia en firme. Se analizará qué norma se les aplicó y si la norma actual es más favorable se procederá a una reducción de condenas. Se podrían pasar, de hecho, de penas de doce años de prisión, a cuatro. En Extremadura podrían revisarse unos 10 o 15 casos, según el Fiscal.

De todos modos, la naturaleza del delito de malversación hace que sea un proceso complejo. Generalmente estos delitos van asociados a otros como los de prevaricación o cohecho. 

Otro de los cambios que refleja esta modificación del Código Penal afecta al delito de sedición. Con el cambio normativo la sedición dejará de ser un delito en sí mismo para pasar a ser un agravante del delito de desorden, nos cuenta el catedrático de derecho penal de la UEX, Emilio Cortés.

Según Cortés, la reforma que afecta a estos dos delitos tiene un claro componente político para beneficiar a los condenados por el intento de proceso soberanista catalán. "El derecho penal no se puede hacer a medida de unos pocos condenados", sentencia.