14 Noviembre 2023, 14:33
Actualizado 14 Noviembre 2023, 14:32

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha firmado un convenio con la Mancomunidad Don Benito-Villanueva de la Serena para cofinanciar con más de 2,5 millones de euros de los fondos NextGenerationEU la descarbonización y digitalización de su transporte público.

En concreto, la subvención nominativa recogida en el convenio contribuirá a la adquisición de dos minibuses y tres autobuses eléctricos, así como a la instalación de cinco puntos de recarga de al menos 100kw, a la contratación de servicios de consultoría y asistencia técnica y al establecimiento de sistemas y maquinaria para la digitalización de los servicios públicos de transporte, como la ayuda a la explotación (SAE), información al viajero (SIV) y control de viajeros mediante expedición y/o validación de billetes sin contacto (NFC o QR).

El importe no cubierto por la subvención se completará con aportaciones de la Mancomunidad Don Benito - Villanueva de la Serena o de las entidades que la integran, según informa el Ministerio de Transportes en una nota de prensa, en la que señala que todas las actuaciones deberán estar finalizadas el 31 de diciembre de 2025.

Explica el ministerio que la implantación del servicio de autobús urbano de la conurbación Don Benito - Villanueva de la Serena que se financiará gracias a esta subvención "pretende implantar un sistema de gestión integral de calidad, sostenible, tecnológico, eficiente y accesible, prestado para ambos municipios a través de la gestión conjunta".

Esta actuación se financia con cargo al programa de ayudas a municipios del componente 1 del Plan de Recuperación, que se destina a la movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos a impulsar la movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos.

Esta subvención está prevista en la disposición adicional centésima décima primera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.