10 Diciembre 2022, 11:15
Actualizado 10 Diciembre 2022, 11:15

El 31 de diciembre termina el período de suspensión de los desahucios aprobado en junio dentro de las medidas contra la actual crisis. Campamento Dignidad pide a la Junta que ponga en marcha medidas para impedir que las familias que no pueden pagar los alquileres de sus viviendas por la inflación acaben desahuciadas. 

Según Juan Viera, de Campamento Dignidad, ya son muchas las personas que se han dirigido a ellos preguntando qué va a ocurrir cuando deje de tener efecto la suspensión de los desahucios, teniendo en cuenta que siguen sin poder hacerse cargo del alquiler de las viviendas. Considera que la Junta no ha hecho nada en este tiempo para buscar soluciones para esas familias, que a principios de año, temen, puedan ser desahuciadas.

Por ello, piden a la Junta que flexibilice las ayudas al alquiler y limite la burocracia, y que emprenda medidas estructurales: las viviendas vacías, tanto las pertenecientes a entidades bancarias como las que sean de titularidad municipal o autonómica, deberían adjudicarse cuanto antes a familias con problemas habitacionales, o pasar a formar un banco de viviendas para este fin.

Viera recuerda a la Junta que el artículo 47 de la Constitución reconoce el derecho de todos los españoles a una vivienda digna y adecuada.

Última prórroga

Esta medida por la que se suspenden los desahucios y lanzamientos de vivienda habitual para personas y familias vulnerables fue ampliada en septiembre hasta el 31 de diciembre. Hasta la fecha, no hay noticias de que vaya ha prorrogarse durante más tiempo. 

Según la legislación, esta medida de protección se aprobó para aquellos hogares vulnerables que se enfrentaran a "procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes, incluidos aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo".

Asimismo, "en este último supuesto, se establece la posibilidad de que el juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento, cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando informe a los servicios sociales competentes con objeto de que puedan valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas a aplicar para dar respuesta a dicha situación". 

En la legislación también se incluye el derecho de los propietarios de las viviendas alquiladas a una compensación siempre que se acredite el perjuicio económico ocasionado. Las solicitudes de dicha compensación se pueden presentar hasta el 31 de enero de 2023. 


 

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