6 Noviembre 2022, 14:12
Actualizado 6 Noviembre 2022, 14:12

La demanda se remonta a principios del año 2021. Entonces, el youtuber 'Wismichu' presentaba una denuncia en el Juzgado de Primera Instancia nº 48 de Barcelona contra el pacense, y también youtuber, 'NauterPlay', a quien acusaba de insultarle en su canal.

La jueza de Barcelona entiende que el pacense faltó al honor del demandante al utilizar términos despectivos hacia él en varios vídeos publicados en su canal. En concreto, la sentencia pone el foco en hasta trece vídeos publicados con fechas que van desde el 31 de diciembre de 2019 al 22 de febrero de 2020. Asegura el demandante que 'NauterPlay' inició una campaña difamatoria contra él a través de estos vídeos en los que, además, se titulaban con el nombre del actor acompañados de insultos y descalificaciones, junto a su imagen en la miniatura.

Por todo ello, 'Wismichu' reclamaba el pago de una indemnización de 30.000 euros a 'NauterPlay'. También a que el propio 'NauterPlay' leyese la sentencia en su canal y cesase en la publicación de estos vídeos.

Por su parte, el pacense respondió a esta demanda asegurando que el propio 'Wismichu' "se nutre de generar polémica, odio y confrontación de manera indiscriminada e injustificada en redes con mensajes cargados de insultos y provocaciones gratuitas" y, además, desmiente que haya dañado el honor o la imagen del demandante.

Finalmente, la justicia ha dado la razón, parcialmente, a 'Wismichu' y obliga a 'NauterPlay' a indemnizarle con el pago de 1.500 euros, lejos de los 30.000 solicitados en un inicio. La propia sentencia considera llamativo, además, que quien presenta la demanda, en este caso 'Wismichu', sostenga "que se padece daños moral por insultos" ya que, añade, "es difícilmente compatible con infligir a terceros insultos similares a los litigiosos de forma continuada y sistemática", en clara referencia a que él mismo podría actuar, de manera similar a los hechos que denuncia en su propio canal.

Según señala el abogado del pacense 'NauterPlay', Fernando Cumbres, la sentencia estima solo parcialmente la denuncia y no le obliga a borrar los vídeos ni a pedir disculpas. La sentencia no es firme y cabe recurso contra ella.