4 Mayo 2021, 13:40
Actualizado 4 Mayo 2021, 13:40

Importantes intervenciones de la Guardia Civil. La Patrulla Fiscal y de Fronteras de la Comandancia de Badajoz, ha intervenido 100 kilos de picadura de tabaco para contrabando. Ha sido en un control establecido en la carretera A-66 a la altura de Almendralejo. 

La mercancía era transportada por un ciudadano de nacionalidad portuguesa, vecino de Lisboa, en el maletero de su vehículo. Los agentes hallaron dos paquetes que contenían 100 bolsas de plástico con un total de 100 kilos de picadura de tabaco carente de documentación y etiquetado. Era transportado hasta la capital lusa, para su posterior distribución y venta clandestina. Ahora, la Guardia Civil investiga el origen de la picadura aprehendida.

El hombre fue denunciado administrativamente por infracción "muy grave", según la Ley de Contrabando, y podrá ser sancionado con más del duplo del valor de los bienes, mercancías, géneros y objetos intervenidos.

110.000 euros sin declarar 

En ese mismo control, la Patrulla Fiscal y de Fronteras de la Comandancia de la Guardia Civil de Badajoz, intervinieron 110.000 euros sin declarar. Fueron interceptados a un vecino de Sevilla, que trasportaba el dinero hasta Madrid. 

Fue el excesivo nerviosismo que mostraba el conductor en el momento de su identificación, lo que puso en alerta a los agentes.  Por ello, procedieron al registro minucioso del vehículo, donde hallaron ocultos en los asientos traseros, una mochila que contenía en su interior el dinero. Cantidad, que carecía de la declaración previa obligatoria y que fue intervenido y depositado en el Banco de España de la capital pancense. 

Dinero intervenido por la Guardia Civil en el control de la A-66

Ahora el propietario del dinero tendrá que acreditar su legal procedencia, sin perjuicio de un expediente sancionador que se le ha abierto y que conllevaría una multa mínima de 600 euros.

Recordemos que el movimiento en territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 100.000 euros, deben ser declarado con carácter previo por el portador, según la Ley 10/2010, de 28 de abril, sobre Régimen Jurídico de los Movimientos de Capitales.