28 Septiembre 2021, 14:14
Actualizado 28 Septiembre 2021, 14:14

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) ha desestimado un recurso interpuesto por el Ejecutivo regional y ha fallado a favor de UGT al reconocer el derecho al cómputo a efectos de trienios de los periodos sin actividad.

En una nota, el sindicato ha explicado que el pasado 23 de septiembre se les notificó la desestimación del recurso de suplicación que había interpuesto la Junta de Extremadura.

Así se reconocía el derecho de un trabajador del Plan INFOEX a que le fuere computado a efectos del complemento de antigüedad los periodos de inactividad en los que no hubo prestación efectiva de servicios, con los efectos que dicho reconocimiento conlleva sobre el reconocimiento de trienios.

Además, los servicios jurídicos de UGT han obtenido cuatro nuevas sentencias relativas a otras categorías profesionales de trabajadoras que desarrollan su trabajo en centros educativos en los que hay periodos de inactividad durante el periodo estival.

En ellas al igual que el anterior, se ha reconocido su derecho a que le sean computados a efectos de complemento de antigüedad (trienios) los periodos de inactividad en los que no hubo prestación efectiva de servicios.

Las categorías de los trabajadores sobre los que se han obtenido las sentencias cuyas pretensiones han sido estimadas son las de ATE cuidador, cocinero y ayudante de cocina.